El derecho a un intérprete judicial para proteger los derechos humanos
Uno de los principales instrumentos internacionales que recoge el derecho a un intérprete es el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, aprobado por el Consejo de Europa (Roma, 4 de noviembre de 1950) y ratificado por España el 4 de octubre de 1979.
Posteriormente, el derecho a intérprete también fue recogido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en la sede de las Naciones Unidas.
El derecho de los imputados y acusados a la interpretación en sede judicial y policial está contemplado en la legislación internacional y es de obligado cumplimiento, ya que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico interno.
En España, la Constitución Española de 1978 declara que el derecho a intérprete y a traducción en el proceso penal es una exigencia constitucional cuyo objetivo es evitar que se den situaciones de indefensión.
En la práctica, el tribunal, el juez o magistrado debe exigir al intérprete que preste juramento o promesa de que va a desarrollar bien y fielmente su labor. Pero, ¿es suficiente para garantizar la profesionalidad y, sobre todo, evitar graves consecuencias a los participantes del juicio? Actualmente basta con que el intérprete diga “prometo desempeñar bien y fielmente mi trabajo” para cumplir con los requisitos legales.
Cualificación y acreditación del intérprete judicial
En cuanto a la cualificación y acreditación del intérprete, la ley dictamina que “el intérprete será elegido entre los que tengan títulos de tales, si los hubiere en el pueblo. En su defecto, será nombrado un maestro del correspondiente idioma, y si tampoco le hubiere, cualquier persona que lo sepa.”
Desafortunadamente, la Administración en muy raras ocasiones controla los conocimientos de las personas llamadas a actuar como intérpretes en sede judicial o policial, a excepción de los traductores en plantilla que superan un concurso-oposición y de algunos interinos a los que se les ha exigido que demuestren su competencia antes de ser contratados. Es decir, que actualmente vale cualquier persona que diga saber o conocer un idioma para hacer el trabajo de un intérprete profesional. Las consecuencias que esto puede acarrear son más que evidentes.
En ocasiones, las consecuencias han sido muy graves y han perjudicado a los participantes del juicio. Por citar algún ejemplo, se han dado casos como el de un “intérprete” que aconsejó a una mujer víctima de violencia doméstica “que volviese con su marido”.
Hechos como este hacen que asociaciones de intérpretes como la Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados (APTIJ) reclamen al Ministerio de Justicia que se reforme la ley actual para garantizar el derecho básico de ser asistido en la lengua materna durante un proceso judicial para respetar así la normativa europea, ya que es necesario ofrecer un servicio básico que sea fidedigno y de calidad.